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Beneficios tributarios: Toda donación que realice a nuestra Fundación, su valor en su 100% será restado del valor que usted como contribuyente debe pagar cada año al presentar su declaración de renta ante la DIAN. Por ser nuestra Fundación dedicada a la defensa de los derechos humanos y el acceso a la Justicia, sobre el valor que usted nos done, podrá restar un 25% más, para deducir el valor a pagar en la declaración de renta. Nota: En total se deducirá un 125% del valor de la donación, pero este 125% no puede superar el 30% de la renta líquida.
Beneficios jurídicos: Obtiene un Bono equivalente al 25% del valor de su donación, el cual podrá redimir en Asesoráis Jurídicas y solución de conflictos que su empresa necesite, con caducidad de dos años contados a partir de la fecha de que usted haga la donación, para determinar valores, se tendrá en cuenta la tarifa legal de honorarios establecida en la ley y por el Consejo Superior de la Judicatura, Este bono se dirime a través de la empresa jurídica FUERZA JURIDICA S.A.S.
Beneficios publicitarios: De su donación se enterarán todos los inversionistas que en este momento están apoyando nuestra misión y los clientes de FUERZA JURIDICA S.A.S, con el mensaje de que si contratan sus servicios apoyarán en forma indirecta nuestra misión y lograrán un descuento en el porcentaje que usted nos autorice.
Beneficios sociales: Usted nuestro principal eje inversionista, aportaría su granito de arena para lograr cambiar la actitud de nuestra comunidad, la cual esta sedienta de entender, comprender, materializar y respetar sus derechos como los de los demás, lo que conllevaría a un cambio de actitud en la que cada persona a largo plazo influiría en el cambio de nuestra problemática social en la que lógicamente deberíamos vivir.
Generaría empleo y educación a miembros de nuestra sociedad con las consecuencias que trae el realizar un trabajo a conciencia, con una remuneración básica y el bienestar de una familia.